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3 de julio de 2008 |
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He
quedado sorprendido con el reciente fallo de la Corte
Suprema de Justicia que en forma unánime decidió revocar
algunos decretos de indultos expedidos durante el gobierno
de Mireya Moscoso. Los decretos indultan a más de ciento
ochenta personas por delitos que van desde calumnia e
injuria hasta actos de terrorismo. Los indultos no son por
condenas de penas. Muchos beneficiados tenían procesos
penales en trámite y fueron indultados.
Es casi una práctica reconocida que el indulto como
institución es una gracia que tienen los presidentes de
perdonar delitos a los ciudadanos. Es una atribución
otorgada por la Constitución equivalente a un PERDÓN. Mal
que bien, esta institución ha existido durante toda la vida
republicana. Es cierto que en muchas ocasiones se ha
cuestionado el abuso en el uso de esta gracia, pero una vez
otorgada nadie ha cuestionado la potestad presidencial. La
Corte Suprema de Justicia en un fallo singular ha alterado
todo el régimen de seguridad jurídica que se viene
construyendo en el país revocando los decretos de indultos
otorgados ya más de cuatro años atrás.
La pregunta que uno se hace es si podemos hacer lo mismo con
los decretos de indultos otorgados por Ernesto Pérez
Balladares o Guillermo Endara o cualesquiera otro Presidente
durante la era republicana con reconocer que fueron
otorgados por las mismas razones que exponen los
magistrados. No me parece nada lógico que la Corte Suprema
de Justicia con magistrados nombrados por este gobierno,
vendido con un alto grado de imparcialidad y honorabilidad,
haya participado de este mamotreto jurídico. No es
concebible por ninguna mente formada en las escuelas de
Derecho que la Corte se haya arrogado esa facultad de
retrotraer los efectos de unos indultos otorgados hace
cuatro años y se pretenda continuar con procesos judiciales
penales ya cerrados o finiquitados. Aquí debería privar el
principio in dubio pro reo. Es impensable cómo muchos
analistas han interpretado sobre la posible causa política
de este tipo de fallo. Yo no quisiera pensar que hasta en
la Corte Suprema se sostenga el principio de la Seguridad
Nacional o Interés Nacional como argumento para producir
fallos. Sólo los órganos Ejecutivo y Legislativo pueden
argumentar tales razones.
La seguridad jurídica en Panamá ayer sufrió un revés con
este anuncio de la Corte Suprema de Justicia. Amerita que lo
conozca el mundo por la gravedad de esta decisión. Si
nuestra Corte Suprema de Justicia puede, a estas alturas de
la evolución democrática, alterar la seguridad jurídica del
país con estos tipos de fallos, no nos merecemos considerar
como un país con un Estado de Derecho, a menos que el fallo
pretenda apuntar una acción contra la anterior mandataria,
Mireya Moscoso. Cualquier cosa puede ser en este
pintoresco país tropical. |
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Chile estrena pilar solidario en sistema de pensiones
Capitales.com
Por:
Evelyn Granados Díaz |
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Esta
semana entró en vigencia una reforma al sistema de pensiones
chileno marcada por un alto componente de solidaridad. Los
cambios incluyen la incorporación de un tercer pilar al
sistema actual, definido como Pensión Básica Solidaria (PBS)
. El nuevo pilar garantiza una pensión básica a todos los
chilenos mayores de 65 años , que no hayan cotizado en
ningún sistema previsional y se encuentren en el segmento de
la población más pobre.
En la víspera de la entrada en operación del PBS, la
presidenta del país Michelle Bachelet informó por cadena
televisiva y radial, que este es "un paso gigantesco
hacia niveles de mayor equidad y justicia social" . Este
año 600.000 chilenos recibirán los primeros beneficios de la
reforma. La pensión se financiará con aportaciones del
Estado y como complemento al Decreto Ley 3.500, destinado a
otorgar pensiones básicas y aportes provisionales para vejez
e invalidez.
Además del nuevo pilar solidario, la reforma incluye un
Aporte Previsional Solidario (APS) . Está dirigido a
aquellas personas que sí han cotizado en algún sistema
previsional, pero no lo suficiente. El Estado entregará un
suplemento para incrementar la pensión y así asegurar un
monto máximo a recibir. Para ello se ha definido una escala
que toma en cuenta los aportes previsionales que haya hecho
el trabajador. El monto del beneficio irá en aumento de aquí
al2012.
Otra de las innovaciones del sistema chileno es la
creación del Ahorro Previsional Voluntario (APV) . A
través de este instrumentos los trabajadores podrán acumular
un ahorro, con la participación de sus empleadores, mediante
acuerdos entre las empresas y sus trabajadores. |
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Biblioteca Nacional
presenta el :
SEMINARIO:
“El
Lenguaje Musical de Olivier Messiaen” con
Emiliano Pardo-Tristán, en la Biblioteca Nacional, Sala de Uso
Múltiple del Lunes 7 a jueves 10 de julio (2:00 a 6:00 P.M.)
Información:
Tel.: 224-6172 ó e-mail:
sonancias@gmail.com
TEMAS
Modos
de Transposición Limitada - Isorritmia.
Ritmos No Retrogradables (Ritmo Palíndromo).
Polimodalidad - Ritmos aditivos - Cantos de Pájaros.
Acordes de Resonancia - Ondas Martenot - Acordes sobre la dominante.
Pedales
rítmicos - Color y Talea - Ritmos Hindúes.
Dirigido a estudiantes y músicos profesionales interesados en
aprender las técnicas de composición que Olivier Messiaen utilizó en
su “Cuarteto para el Fin de los Tiempos”. |
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